En lo no dispuesto en el presente Tratado se aplicarán las leyes internas de las respectivas Partes en cuanto regulen el procedimiento de extradición. 3. La Parte requerida podrá retener temporalmente o entregar bajo condición de restitución los objetos a que se refiere el apartado 1 cuando puedan quedar https://josuerkcre.look4blog.com/67764771/a-simple-key-for-extradición-méxico-españa-unveiled